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Estados Unidos Documentación y visado de Estados Unidos ⚖️

Información general sobre Estados Unidos: ⭐ capital, gobierno, bandera, himno, datos económicos del país ✔️, nivel de vida, dominio de internet, moneda, prefijo telefónico.

Índice
- ¿Dónde está la embajada o consulado de Estados Unidos en España?
- ¿Qué documentos se necesitan para viajar a Estados Unidos?
- ¿Dónde obtener el visado online para Estados Unidos?
- ¿Cómo contactar con la embajada/consulado de España en Estados Unidos?
- Recomendaciones de Viaje a Estados Unidos
Visado y Embajadas Estados Unidos

¿Dónde está la embajada o consulado de Estados Unidos en España?

Embajada de Estados Unidos en España

Serrano, 75 MADRID

Teléfonos: 91 587.22.00 - 91 577.40.00

Fax : 91 587.23.03

¿Qué documentos se necesitan para viajar a Estados Unidos?

Se recuerda a los ciudadanos españoles de viaje en Estados Unidos la conveniencia de ir siempre debidamente documentados, también en los desplazamientos internos dentro de los Estados Unidos.

a) Documentación.

Pasaporte

- A partir del día 1 de abril de 2016, todos los viajeros, incluidos los menores de edad, deberán llevar un pasaporte con datos biométricos para viajar a EEUU dentro del programa de exención de visados.

Ha de tenerse en cuenta que las Oficinas Consulares españolas expiden, en ciertos casos, una modalidad de pasaporte bajo la denominación de provisional que no incorpora elementos biométricos de su titular y, en consecuencia, no es válido para viajar a EE.UU. sin visado.

- A partir de septiembre de 2004, el Departamento de Seguridad Interna comenzó a registrar a todos los visitantes que efectúen su entrada a los Estados Unidos acogiéndose a la exención de visados, en el programa "US-VISIT", a su llegada al puesto de entrada a los Estados Unidos de América. Este proceso consiste en la toma de una fotografía y en la recogida de las huellas dactilares de los dedos índices. Estos visitantes deberán registrar su salida del país utilizando los sistemas automatizados disponibles a tal efecto si salen por un puesto con dicho dispositivo.

b) Entrada sin visado con autorización electrónica previa (ESTA)


Los españoles que se desplacen a EEUU por turismo o negocios están exentos, en virtud del programa de exención de visados en el que está incluido España, de la obtención de un visado, debiendo, en cambio, completar en línea el formulario de autorización de viaje (ESTA). Si tiene dudas sobre si necesita o no un visado, consulte la página web de la Embajada de los Estados Unidos en España

La solicitud del ESTA se podrá presentar electrónicamente en cualquier momento antes del viaje. El Departamento de Seguridad Nacional estadounidense recomienda que se presente la solicitud no menos de 72 horas antes de viajar. La autorización del ESTA es válida por un período de dos años o hasta que caduque el pasaporte del solicitante, si lo hace antes de dos años. El período de estancia máxima en EE. UU. es de 90 días.

El 21 enero de 2016 entraron en vigor una serie de excepciones al programa de exención de visados. En consecuencia, las personas que hayan viajado a Irán, Irak, Sudán, Siria, Libia, Somalia y Yemen (desde 1 marzo 2011) o tengan la doble nacionalidad española y de alguno de estos países, no podrán viajar con un documento ESTA. En estos casos, su solicitud se denegará o revocará (mediante comunicación por email por parte de la Embajada o Consulado de los Estados Unidos) y por ello, estas personas deberán solicitar un visado. [Se exceptúa de este régimen a militares y funcionarios gubernamentales que hayan viajado a esos países con carácter oficial. También se establecen excepciones, caso por caso, para funcionarios de Organizaciones Internacionales y entidades territoriales -Gobiernos y Parlamentos regionales-, que hayan viajado con carácter oficial; periodistas y miembros de ONG's humanitarias en viaje profesional y hombres de negocios que han viajado a Irak o Irán. En el caso específico de viajes de negocios a este último país, la excepción se considerará cuando el viaje se haya realizado después del acuerdo nuclear con Irán, el 14 de julio 2015

El 6 julio 2023 entraron en vigor otras excepciones al programa de exención de visados, según las cuales, las personas que hayan viajado a Cuba desde 12 enero 2021 o tengan la doble nacionalidad española y cubana, no podrán viajar con un documento ESTA, y por ello estas personas deberán solicitar un visado. [Se exceptúa de este régimen a militares y funcionarios gubernamentales que hayan viajado a ese país con carácter oficial]. Consulte más información abajo.

Se recomienda a todos los viajeros que tengan un ESTA vigente o vayan a solicitar uno para viajar próximamente a los Estados Unidos y puedan estar incluidos en alguna de las categorías anteriores que se informen ante la Embajada o Consulado de los Estados Unidos, así como ante su aerolínea, y en todo caso lleven, en el momento de viajar, la documentación acreditativa oportuna.

Cabe la posibilidad de que un ESTA en vigor deje de estarlo, o que se deniegue uno solicitado, como consecuencia de los procedimientos de comprobación establecidos por el Centro Nacional de Escrutinio (NVC). En ese caso, el viajero deberá ponerse en contacto con la Embajada o Consulado de EEUU con el fin de solicitar un visado.

En todos los demás supuestos deberá solicitarse el visado correspondiente.

Viajes a Cuba desde los EEUU:

Las autoridades estadounidenses restringen determinadas categorías de viajes a Cuba. Estas restricciones afectan a nacionales de terceros Estados. Por tanto, si se pretende viajar a Cuba directamente desde los EE.UU., es necesario recabar información al respecto de las autoridades estadounidenses competentes.

Viajes a EEUU de personas que han estado antes en Cuba:

El 12 enero 2021 el secretario de Estado de EE.UU. designó a Cuba como Estado patrocinador del terrorismo. Como consecuencia de esa designación, las autoridades estadounidenses establecen que los individuos que hayan viajado a Cuba con posterioridad a esa fecha no están autorizados a viajar a EE. UU. con un ESTA. Esta restricción se aplica de igual manera a ciudadanos que poseen la doble nacionalidad cubana y de un Estado parte del programa de exención de visado (como España).

El 6 de julio de 2023 el Departamento de Seguridad Interior de los EE.UU. (Department of Homeland Security) actualizó los requisitos para la obtención de un ESTA para aquellos que hayan viajado a Cuba desde el 12 de enero de 2021.

Las personas que hayan viajado a Cuba con posterioridad al 12 enero 2021 deberán solicitar un visado en el Consulado General o Sección Consular de la Embajada de EE. UU. en su lugar de residencia. Los solicitantes deberán abonar la tasa de visado, diferente de la tasa ESTA.

Si un ESTA ha sido aprobado con anterioridad y posteriormente se comprueba que el viajero ha estado presente en Cuba desde 12 enero 2021 o posee doble nacionalidad de un Estado parte del programa de exención de visado y de Cuba, el ESTA será revocado y el viajero será notificado del cambio de estatus.

Los solicitantes cuyos ESTA sean denegados por esta política deberán aportar la información del rechazo junto con el resto de la documentación requerida para la solicitud del visado.

Se exceptúa de este régimen a militares y funcionarios gubernamentales que hayan viajado a esos países con carácter oficial.

Si usted planea viajar a EE.UU. tras visitar Cuba, se recomienda consultar las indicaciones de las autoridades estadounidenses en https://esta.cbp.dhs.gov/faq?lang=en, buscando "Cuba" en el apartado "Search Help Topics".​

c) Entrada con Visado.

Es necesario solicitar visado en los siguientes casos:

-Estudios e investigación (sin importar la duración de los estudios). En esta categoría se incluye a médicos residentes o investigadores médicos; profesores, conferenciantes y estudiantes incluidos en programas de intercambio.

-Trabajo en EE.UU, au-pairs y ayuda doméstica.

-Entrada en el país en una embarcación o avión privado.

-Periodistas y representantes de un medio de comunicación en viaje profesional

- Artistas, atletas, músicos y profesionales del mundo de las artes y el espectáculo. También se incluye en este grupo a participantes en programas internacionales de intercambio, trabajo en prácticas, etc.

- Miembros de tripulaciones aéreas o marítimas, incluyendo yates privados.

- Diplomáticos, funcionarios y empleados de organizaciones internacionales.

- Trabajadores religiosos.

- Tránsito aeroportuario (cuando no pueda obtener la Entrada sin visado con autorización electrónica previa ESTA –o el motivo del viaje no sea turismo o negocios con destino a un Tercer País-).

- Cuando un ESTA en vigor deje de estarlo o cuando se deniegue un ESTA como consecuencia de alguna de las circunstancias previstas en el apartado anterior.

Puede consular la información en la página web de la Embajada de los Estados Unidos en España

Vacunas

Obligatorias: Ninguna.
Recomendadas: Ninguna.
Para más información, consulte la siguiente página web


Requisitos sanitarios relacionados con la COVID 19.

Las autoridades estadounidenses han actualizado las disposiciones que regulan la entrada en Estados Unidos de viajeros internacionales, y que pueden consultarse en las siguientes páginas web:

https://www.state.gov/coronavirus/
https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/travelers/testing-international-air-travelers.html
https://www.dhs.gov/news/2021/10/29/fact-sheet-guidance-travelers-enter-us-land-ports-entry-and-ferry-terminals
- Solo podrán entrar en EE.UU. (ya sea por vía aérea, por puesto terrestre o por terminal de ferry) los extranjeros que presenten certificado oficial de haber recibido la pauta completa de vacunación. Desde el 12 de junio de 2022, las autoridades estadounidenses no exigen una prueba negativa de covid para entrar en el país.

- Vacunación completa: antes de poder emprender el viaje a Estados Unidos, es necesario que hayan pasado 14 días desde que se recibió la segunda dosis de la vacuna (o desde la primera dosis, en caso de vacunas monodosis como la de Janssen/Johnson&Johnson).
- Solo son válidas las vacunas aprobadas por la "U.S. Food and Drug Administration, FDA" (que, a junio de 2022, son las vacunas de Pfizer, Moderna y Janssen/Johnson&Johnson) y las aprobadas por la Organización Mundial de la Salud (que a junio de 2022 son, además de las tres anteriores, las de Oxford/AstraZeneca, Serum institute of India, Novavax, Bharat Biotech, Sinopharm y Sinovac).
- De acuerdo con la información publicada por las autoridades estadounidenses, estas no permiten la entrada en EE.UU. a aquellas personas que solo hayan recibido una dosis de la vacuna Pfizer o Moderna, incluso en aquellos casos en que esas personas hayan pasado previamente el coronavirus.
- Las vacunas aprobadas por la FDA pueden consultarse en el siguiente enlace: https://www.fda.gov/emergency-preparedness-and-response/coronavirus-disease-2019-covid-19/covid-19-vaccines
Las vacunas aprobadas por la OMS pueden consultarse en el siguiente enlace: https://www.who.int/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019/covid-19-vaccines

- Las autoridades de EEUU aceptan que la pauta completa de vacunación se haya realizado con una combinación de distintas vacunas (siempre que ambas hayan sido aprobadas por la FDA o la OMS).
- El comprobante de vacunación debe ser un registro en papel o digital emitido por una fuente oficial (por ejemplo, agencia de salud pública, agencia gubernamental) y debe incluir el nombre del viajero y la fecha de nacimiento, así como el producto de la vacuna y la(s) fecha(s) de administración de todas las dosis que recibió. Se acepta el certificado de vacunación digital emitido por la Unión Europea como prueba de vacunación.
- Están exentos del requisito de vacunación: i) todos los menores de 18 años; ii) aquellas personas con contraindicaciones médicas a las vacunas y que puedan demostrarlo con un informe médico; iii) casos urgentes y humanitarios (avalados previamente por una institución pública de EEUU a través de una carta escrita); iv) aquellas personas que residan en países con muy escaso acceso a las vacunas (de acuerdo con un listado elaborado por "Centers for Disease Control and Prevention, CDC"; España NO se encuentra entre esos países) y que al mismo tiempo tengan un razón fundamentada y excepcional para viajar a EEUU (no se incluye el turismo entre esas razones).
- Aquellas personas exentas del requisito de vacunación para entrar en Estados Unidos deberán comprometerse por escrito a seguir las medidas de salud pública que le indiquen las autoridades estadounidenses, y que pueden incluir: el compromiso de realizar una prueba de covid en los 3-5 días posteriores a la llegada a EEUU, y quedar en auto-cuarentena o auto-aislamiento en función de los resultados del test. Las autoridades estadounidenses podrían exigir quedar unos días en auto-cuarentena incluso en caso de resultado negativo en la prueba de covid posterior a la llegada a EE.UU. A las personas que entren en EEUU sin presentar prueba de vacunación bajo las excepciones iii (casos urgentes y humanitarios) y iv (residentes en países con muy escaso acceso a vacunas y que tienen una razón fundamentada y excepcional para viajar) antes mencionadas, las autoridades estadounidenses podrán exigirles que reciban la pauta completa de vacunación contra covid en los 60 días posteriores a su llegada a EEUU, cuando esas personas planeen quedarse en EEUU durante más de 60 días.
- Los menores de 18 años que no estén vacunados, en principio tendrán que realizarse una prueba de covid en los 3-5 días siguientes a su llegada. Si el resultado de esa prueba es positivo, o si el menor desarrolla síntomas de covid, tendrá que quedar en auto-aislamiento.
- Los menores de 2 años no están obligados a presentar prueba de vacunación a su llegada a EEUU, y en principio las autoridades estadounidenses no solicitan la realizan de una prueba covid tras su llegada a EEUU.
- Las personas que entren en EEUU sin estar vacunadas a causa de contraindicaciones médicas a las vacunas y que puedan demostrarlo con un informe médico, en principio tendrán que realizarse una prueba de covid en los 3-5 días siguientes a su llegada. Si el resultado de esa prueba es positivo, o si el menor desarrolla síntomas de covid, tendrá que quedar en auto-aislamiento. Independientemente del resultado de esa prueba, la persona deberá quedar en auto-cuarentena durante 5 días (incluso si el resultado de la prueba ha sido negativo).
- Todos los viajeros internacionales que entren en EEUU deben aceptar la cesión de sus datos personales de contacto a las autoridades estadounidenses, para que estas puedan contactarles en caso de que potencialmente pudieran estar contagiados o haber estado en contacto con personas contagiadas de covid.
- Estas exigencias se aplican igualmente a los viajeros que hagan escala en un aeropuerto estadounidense para luego seguir viaje hacia un tercer país.

¿Dónde obtener el visado online para Estados Unidos?

Debido a la situación actual causada por la Pandemia del Coronavirus (⛿COVID-19), recomendamos la lectura minuciosa de los apartados de Sanidad, Seguridad y Tramites de Embajadas, antes de planificar su viaje a cualquier país. En la situación actual, las condiciones de entrada y estancia en cualquier país, pueden cambiar sin previo aviso y los documentos de acceso al país, anulados de forma imprevista.

¿Cómo contactar con la embajada/consulado de España en Estados Unidos?

EMBAJADA EN WASHINGTON (202)

Cancillería: 2375 Pennsylvania Ave., N.W - Washington, D.C. 20037.

Teléfono/s: (202) 728 2340 y (202) 728 2361, (202) 452 0100

Fax/es: (202) 833 56 70

Dirección de correo: emb.washington@maec.es

Página Web: https://exteriores.gob.es/Embajadas/WashingtonSe abre en ventana nueva

Recomendaciones de Viaje a Estados Unidos

Información y recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España para viajeros en Estados Unidos.

NO HAY RESTRICCIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A LOS VIAJES A EEUU. Sin embargo, debe leerse con atención el resto de estas recomendaciones de viaje, que incluyen recomendaciones importantes sobre documentación y visados y seguridad.



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anatt
Anatt
Experto
Experto
22-05-2007
Mensajes: 160

Fecha: Lun Jun 15, 2020 11:57 am    Título: Re: Foro de Estados Unidos: Punto de Encuentro Viajeros USA

Hola Martuca,

Yo por ejemplo, tenía reserva hecha el 12 enero 2020. El viaje era para agosto. Lo que hice para cancelar fue llamar el 23 mayo 2020 y primero te quieren cobrar los 20€, pero les dije que tenía la reserva desde antes del tema coronavirus y me hicieron la cancelación con reembolso del total.
Saludos.
Lucrecia1789
Lucrecia1789
Indiana Jones
Indiana Jones
29-01-2019
Mensajes: 1743

Fecha: Lun Jun 15, 2020 10:22 pm    Título: Re: Foro de Estados Unidos: Punto de Encuentro Viajeros USA

anatt Escribió:
Hola Martuca,

Yo por ejemplo, tenía reserva hecha el 12 enero 2020. El viaje era para agosto. Lo que hice para cancelar fue llamar el 23 mayo 2020 y primero te quieren cobrar los 20€, pero les dije que tenía la reserva desde antes del tema coronavirus y me hicieron la cancelación con reembolso del total.
Saludos.

Lo mismo
martucabcn
Martucabcn
Indiana Jones
Indiana Jones
11-07-2009
Mensajes: 4082

Fecha: Lun Jun 15, 2020 11:26 pm    Título: Re: Foro de Estados Unidos: Punto de Encuentro Viajeros USA

Bueno al final hemos aceptado el bono con un 10% extra y sin que cobren los 20€, lo hemos meditado con mi pareja y como vamos a ir el año que viene y tenemos 3 años para gastarlo...nos compensa.
Lucrecia1789
Lucrecia1789
Indiana Jones
Indiana Jones
29-01-2019
Mensajes: 1743

Fecha: Mar Jun 16, 2020 04:25 pm    Título: Re: Foro de Estados Unidos: Punto de Encuentro Viajeros USA

martucabcn Escribió:
Bueno al final hemos aceptado el bono con un 10% extra y sin que cobren los 20€, lo hemos meditado con mi pareja y como vamos a ir el año que viene y tenemos 3 años para gastarlo...nos compensa.

Animooo...me parece que habéis hecho muy bien. En mi caso intentaré ir pero con padres mayores las cosas cambian martuca. Habéis hecho bien y además te pillas el capricho q te apetezca guapa Aplauso
martucabcn
Martucabcn
Indiana Jones
Indiana Jones
11-07-2009
Mensajes: 4082

Fecha: Jue Nov 19, 2020 02:06 pm    Título: Re: Foro de Estados Unidos: Punto de Encuentro Viajeros USA

Ahora el bono está a mi nombre... ains que pena me da todo, no se si sere capaz de hacer este viaje alguna vez en mi vida...
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